Circular No. 21/DG/2023 Contenido: RECORDATORIO: VENCIMIENTO DEL PLAZO PARA LA EXPEDICIÓN DE CFDI EN LAS NUEVAS VERSIONES DEL SAT
Estimados Asociados:
Como saben, esta semana es la última para poder expedir, los siguientes Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, ya que se vuelven obligatorias las nuevas versiones a partir del 1º de abril de 2023:
Concepto
Plazo en el ejercicio 2023
Transitorio RMF 2023
CFDI versión 3.3 y sus complementos
Se podrán emitir hasta el 31 de marzo, después de esa fecha sólo se podrá utilizar la versión 4.0
Octavo
CFDI retenciones y pagos versión 1.1
Se podrán expedir hasta el 31 de marzo, después de esa fecha sólo se podrá utilizar la versión 2.0
Octavo
CFDI nómina versión 3.3. y su complemento de nómina versión 1.2
Se podrán expedir hasta el 31 de marzo, después de esa fecha sólo se podrá utilizar la versión 4.0 y complemento de nómina versión 2.2.
Noveno
La información que tenemos es que no habrá nuevas extensiones a los plazos. Afortunadamente lo que hemos visto en el Sector es que la mayoría de nuestros Asociados ya están listos y operando estos cambios.
También esta semana se vence el plazo para que se puedan cancelar los CFDI del ejercicio 2022.
Aprovechamos para informarles que el pasado 8 de marzo de 2023 se volvieron a actualizar las guías de llenado de los CFDI, con aspectos técnicos de forma. La información respectiva la pueden consultar sus expertos informáticos en el portal del SAT.
Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext. 140, 142, 143 o directamente con: