(2/DG/2024) NUEVAS REGLAS PUBLICADAS EN LA REFORMA MISCELÁNEA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2024.
Circular No. 2/DG/2024
Contenido: NUEVAS REGLAS PUBLICADAS EN LA REFORMA MISCELÁNEA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2024.
Anexo: Nuevas Reglas
Estimados Asociados:
Por medio de la presente se les informa de las nuevas disposiciones aplicables a partir de este pasado 29 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la RESOLUCIÓN Miscelánea Fiscal para 2024 (RMF 2024).
Como saben, no hubo una Reforma Fiscal para este ejercicio fiscal 2024, por lo que las principales novedades fiscales aparecen en las Reglas Generales.
Dado el volumen de éstas, AMDA va a dividir su estudio a través de la publicación de diversas circulares, la primera de ellas es la presente donde nos vamos a referir sólo a las principales modificaciones que aparecen en este documento con relación al existente en el ejercicio 2023.[1]
Modificaciones en las Declaraciones para pagos provisionales del ISAN.
Un importante cambio para el sector.
A finales del 2023, funcionarios de la Subsecretaría de Hacienda citaron a directivos de la AMDA y de la AMIA para comentar la necesidad de contar con más información en las declaraciones de pagos provisionales del ISAN.
A partir del ejercicio 2024 los formatos van a solicitar información sobre Automóviles enajenados parcialmente exentos en el mercado nacional, automóviles enajenados o importados definitivamente, exentos en el mercado nacional, cuya propulsión es a través de baterías eléctricas recargables y automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, enajenados o importados definitivamente, exentos en el mercado nacional.
Plazos para la expedición de CFDI.
Los Artículos Transitorios de la RMF 2024 publican los siguientes plazos para la aplicación de multas relacionadas con el Buzón tributario y la expedición de los CFDI y sus complementos.
- Multas relacionadas con el buzón tributario: Los contribuyentes que no hayan habilitado el buzón tributario, o no hayan registrado o actualizado sus medios de contacto, les será aplicable las multas por no tener habilitado su buzón tributario, a partir del 1º de enero de 2025.
- Los contribuyentes obligados a expedir CFDI a los que se les incorpore el complemento Carta Porte podrán continuar emitiéndolos en su versión 2.0 publicada el 24 de febrero de 2023 en el Portal del SAT, hasta el 31 de marzo de 2024.
- Las reglas referentes al complemento “identificación de recurso y minuta de gastos por cuenta de terceros”, serán aplicables una vez que el SAT publique en su Portal el citado complemento y haya transcurrido el plazo de 30 días naturales a partir de su publicación.
Actualización de cifras en las leyes fiscales por el reconocimiento de la inflación.
Se actualizan las cantidades que aparecen en el Código Fiscal de la Federación y que ya superan un 10% desde su última actualización.
A manera de ejemplos, el articulo 32-A del CFF señala los ingresos acumulables en el ejercicio anterior que permiten ejercer la opción de dictaminar sus estados financieros a los contribuyentes era de $140,315,940 y ahora será de $157,785,270.
Como es costumbre, acompañamos un anexo donde damos más información sobre estas
novedades fiscales.
Para cualquier aclaración o comentarios sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 36 88 36 40 ext. 140, o directamente con:
Mtra. Laura Azucena Méndez Funes lmendezf@amda.mx
Itzel Fernanda Martínez Segura imartinezs@amda.mx
Lic. Mariana Ordoñez Aparicio mordoneza@amda.mx
[1] En este ejercicio 2024 no hay cambios relevantes en la Resolución Miscelánnea Fiscal, las circulares que se va na emitir sólo están actualizando lo que AMDA público en el 2023.